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Plebiscito Nacional de 17 de diciembre rechazó una Nueva Propuesta Constitucional

18 de diciembre de 2023

Este domingo 17 de diciembre se llevó a cabo el Plebiscito Nacional para que la ciudadanía se pronunciara a favor o en contra del texto de Nueva Constitución propuesto por el Consejo Constitucional, entregado al Presidente de la República el pasado 7 de noviembre.

PARTICIPACIÓN EN LA VOTACIÓN

En este proceso en que el voto tuvo un carácter obligatorio, la participación fue levemente inferior a la que se pronunció respecto de la anterior propuesta constitucional del 4 de septiembre de 2022 (13.014.963 en 2023 versus 13.021.063 en 2022), aún así, tuvo un alto porcentaje de participación correspondiente al 84,4%.
Como se indicó, la elección convocó a 13.014.963 electores de un padrón electoral total de 15.406.352 (Padrón electoral definitivo fijado por Servel en octubre de 2023(1).

RESULTADOS DE LA VOTACIÓN
Del total de 13.014.963 electores que concurrieron a votar este domingo, 5.470.025 lo hicieron por la opción a favor lo que correspondió a un 44,24%; mientras que 6.894.287 lo hicieron por la opción en contra lo que equivale al 55,76% de los votos de acuerdo a lo informado por Servel(2).

CONSECUENCIAS Y PROYECCIONES
El inciso 5° del artículo 159 de la Constitución Política de la República expresa que «Si la cuestión planteada al electorado en el plebiscito nacional constitucional fuere ratificada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo Nº 100, de 17 de septiembre de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia». Al haberse impuesto la opción en contra y no ser ratificado el nuevo texto propuesto, a contrario sensu, se entiende que la Constitución Política de la República actual, se mantiene plenamente vigente.
Cabe destacar que para efectuar reformas al texto constitucional actual, se requiere actualmente de un quorum de 4/7 de conformidad a la ley 21.481 que ’Reduce y uniforma en 4/7 el quórum necesario para modificar la Carta Fundamental‘ publicada el pasado 23 de agosto de 2022(3) .

NOTAS Y REFERENCIAS
(1) Véase nota: 15.406.352 electores conforman el Padrón Electoral Definitivo para este Plebiscito Constitucional
(2) Véase resultados elecciones entregados por el Servicio Electoral
(3) Véase Alerta Ley Nº 21.481 modifica quórums de reforma de la Constitución Política de la República