COLUMNAS Algunas cuestiones para tener en cuenta al momento de revisar la Propuesta Constitucional Este artículo ha sido extendido para entregar algunos elementos de contexto, que podrían en algún grado, facilitar a quien tenga interés en revisar la propuesta constitucional. Cabe destacar que las diferencias entre una y otra opción, la actual y la propuesta, hacen aconsejable una revisión personal que permita a cada lector ponderar el tratamiento orgánico y dogmático de cada texto para arribar una decisión informada. Lo expresado en estas líneas, en nada sustituye dicha revisión. Transcurrida una semana desde que fue entregada la propuesta de texto constitucional al Presidente de la República y publicado el decreto que convoca a plebiscito nacional para que la ciudadanía emita un pronunciamiento, hemos extendido estas líneas teniendo en vista de entregar algunas cuestiones de contexto que podrían, en algún grado, facilitar a quien tenga interés en revisar la propuesta, ya sea para definir conforme a un proceso personal una posición a favor, en contra, u otra, según estime pertinente; como también, por ejemplo, prever eventuales efectos en caso de ser aprobado el texto. Ver más La Protección de los Derechos Sociales como Riesgo a la Independencia del Poder Judicial En este trabajo se comentan algunos de los problemas procesales que puede provocar extender la acción constitucional a los derechos sociales, en especial, para la independencia del Poder Judicial. Dentro del debate constitucional se discute la posibilidad de ampliar la acción constitucional de protección a los derechos sociales. La propuesta surgió de la Comisión de Expertos, a la que se han propuesto varias enmiendas a partir del art. 26 Nº 2 del Anteproyecto, que señala. ’2. Tratándose de las prestaciones sociales vinculadas al ejercicio de los derechos a la salud, a la vivienda, al agua y al saneamiento, a la seguridad social y a la educación establecidos en el artículo 16 de esta Constitución, el que por causa de actos u omisiones ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de prestaciones legales o discriminación en el acceso a las mismas, podrá ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la Corte de Apelaciones respectiva , la que adoptará de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho‘. Ver más Nueva Constitución y Gobierno Judicial: fin al recurso de queja En este trabajo explica los efectos que producirá la nueva Constitución en la competencia de la Corte Suprema y la abolición del recurso de queja como consecuencia de la perdida de la superintendencia directiva, correccional y económica sobre todos los Tribunales y juzgados de la Nación. Dentro de los cambios más radicales que contiene el proyecto de nueva Constitución en el ámbito procesal está el diseño previsto para el ’Gobierno Judicial‘. El poder constituyente busca abandonar el modelo instaurado por la Constitución de 1833 (y mantenido hasta hoy), para emigrar a un sistema novedoso en nuestra historia republicana. Ver más REPORTES CONSTITUCIONALES Reporte Constitucional 2023 Nº 40 – 08 de Noviembre: Consejo Constitucional entregó Propuesta Constitucional al Presidente de la República, quien firmó decreto convocando a Plebiscito Nacional Texto se compone de 17 capítulos, 216 artículos y 62 disposiciones transitorias. Este martes 7 de noviembre, siendo las 08.42 hrs. y con la presencia del Sr. Presidente de la República, se reanudó sesión por parte de la Presidenta del Consejo Constitucional con el objeto de entregar al Presidente de la República el texto de la propuesta constitucional elaborada bajo el procedimiento fijado por el capítulo XV, Del nuevo procedimiento para elaborar una Constitución Política de la República (arts. 144 y ss. CPR) agregado por la Ley N° 21.533. Ver más Reporte Constitucional 2023 Nº 39 – 31 de octubre: Consejo Constitucional aprobó texto final que será sometido a plebiscito nacional el 17 de diciembre Texto obtenido luego de aprobar los acuerdos propuestos por la Comisión Mixta será entregado al Presidente de la República el 7 de noviembre, quien convocará a plebiscito. El pasado lunes 23( de octubre, el Consejo Constitucional fue citado con el objeto de votar los acuerdos alcanzados por la Comisión Mixta, en virtud de lo dispuesto por el artículo 89 del Reglamento de funcionamiento de los órganos del Proceso Constitucional. Ver más LEGISLACIÓN Decreto Nº 3.273 convoca a plebiscito nacional para el día 17 de diciembre de 2023 Establece la cédula electoral que dispondrá el electorado. En el plebiscito señalado, el electorado dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta: ’¿Está usted a favor o en contra del texto de Nueva Constitución?‘. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. Ver más Ley Nº 21.626 modifica la Carta Fundamental para hacer aplicable al plebiscito constitucional el uso de lápiz pasta azul La ley obliga el uso de lápiz pasta azul en el plebiscito constitucional del 17 de diciembre de 2023. En su artículo único la ley incorpora un inciso final en el artículo 159 de la Constitución Política de la República, el cual establece que ’Al plebiscito constitucional le será aplicable lo dispuesto en el párrafo final del número 3 del inciso quinto del artículo 144″. Ver más Visite nuestra sección Proceso Constitucional 2023.