HERRAMIENTAS
BUSCADOR
ACTUALIDAD (current)
Tribunal: Corte de Apelaciones de Rancagua
Sala: Primera
Fecha: 9 de septiembre de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:221-25, MJJ332607
Compendia: Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MULTA LABORAL - FACULTADES DE FISCALIZACION DE LA DIRECCION DEL TRABAJO - INDEMNIZACION POR DESPIDO - CALCULO DE LA INDEMNIZACION - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
Se equivocó el sentenciador al concluir que el funcionario de la Inspección del Trabajo actuó con pleno respecto a las facultades que detenta, sin exceder de ellas, cuando en realidad para determinar la base de la indemnización interpretó la norma que era aplicable al caso, arrogándose facultades exclusivas, propias y excluyentes, de los tribunales de justicia, excediendo sus facultades. En este sentido, dado que la reclamante basó su acción en que la multa cursada era ilegal, por cuanto la eventual diferencia en la base de cálculo utilizada era un hecho controvertido que no correspondía ser conocido por el fiscalizador en sede administrativa, el error interpretativo constatado previamente, llevó a rechazar la reclamación presentada ante el Tribunal laboral, por lo que aquél influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo.