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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Cuarta
Fecha: 27 de agosto de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:23176-25, MJJ332590
Compendia: Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL - DESPIDO INJUSTIFICADO - CADUCIDAD DEL PROCESO LABORAL - ACTUACION DE OFICIO - RECURSO DE QUEJA - RECURSO ACOGIDO -
Si bien es efectivo que el tribunal de instancia se encuentra obligado a pronunciarse respecto de la caducidad de la acción al proveer la demanda, sólo es procedente en la medida que «de los datos aportados en la demanda se desprendiere claramente», circunstancia que no se cumple en la especie caso si se considera que el demandante indicó que tomó conocimiento de la desvinculación en una fecha determinada, en tanto que la demandada, al oponer la respectiva excepción, sostuvo que la notificación se hizo por carta certificada enviada al domicilio del denunciante más de dos meses antes.