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Tribunal: Corte de Apelaciones de San Miguel
Sala: Tercera
Fecha: 5 de agosto de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:287-25, MJJ332522
Compendia: Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - DESPIDO INJUSTIFICADO - NECESIDADES DE LA EMPRESA - EXCEPCIONES - FINIQUITO - SISTEMA DE SUBSIDIO DE CESANTIA - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
El finiquito tiene poder liberatorio solo respecto de los conceptos que fueron expresamente pactados, en la especie, la devolución del descuento de AFC. Por lo tanto, se rechaza la solicitud de la demandante de devolver ese monto, pero se mantiene el pago del recargo del 30% de la indemnización por años de servicio, ya que este concepto no fue acordado en el finiquito.