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Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Sala: Duodécima
Fecha: 15 de julio de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:206-25, MJJ332480
Compendia: Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL - INDICIOS - INDEMNIDAD - FACULTADES DE FISCALIZACION DE LA DIRECCION DEL TRABAJO - DESPIDO INJUSTIFICADO - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
La fecha del despido del actor resulta coetánea al término desfavorable que tuvo el proceso administrativo para el empleador, quien fue notificado posteriormente de cuatro multas. En este contexto, era esperable que, si la empleadora decidía el despido del actor por un incumplimiento contractual grave, se atribuyera una situación clara de infracción que, a su vez, pudiera calificarse de la gravedad suficiente para poner término al contrato y derribara la sospecha que pesaba en su contra por provocar un despido disciplinario en medio de una fiscalización que concluyó con multa. No obstante; la imputación de la carta de despido -no realizar la tipificación de todas las llamadas que recibe, en su calidad de ejecutivo de atención clientes en un día específico- dista de ser considerada como una infracción clara y no aporta antecedentes de la gravedad de la conducta.