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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Cuarta
Fecha: 28 de julio de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:22107-25, MJJ332447
Compendia: Microjuris
Voces: - LABORAL - ACCION DECLARATIVA - RELACION DE SUBORDINACION - RELACION DE DEPENDENCIA - DESPIDO INJUSTIFICADO - CADUCIDAD DEL PROCESO LABORAL - COMPUTO DEL PLAZO - RECURSO DE QUEJA - RECURSO ACOGIDO -
La acción de despido injustificado derivada de un vínculo cuya real naturaleza forma parte del conflicto sometido al conocimiento de la judicatura laboral, queda supeditada, en los aspectos sustantivos y adjetivos, incluido el plazo para su interposición, a la acción de declaración de relación laboral, pues no puede existir en forma independiente de aquella. Además, se reitera el criterio conforme al cual el derecho a reclamar el reconocimiento de una relación laboral que es desconocida por el empleador puede ser impetrada no sólo durante toda su vigencia, sino también después de su finalización, pero, en ambos casos, el plazo de prescripción de la acción sólo puede comenzar a correr desde la época en que se le puso término, ello, según la correcta interpretación del inciso primero del artículo 510 del Código del Trabajo.