



Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Sala: Duodécima
Fecha: 4 de marzo de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:485-24, MJJ332017
Compendia: Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - ACCION DECLARATIVA - RELACION DE SUBORDINACION - RELACION DE DEPENDENCIA - COTIZACIONES PREVISIONALES - OMISION DE ENTERAR COTIZACIONES PREVISIONALES - DESPIDO INDIRECTO - INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
Si se ha declarado la existencia de una relación laboral entre la actora y la municipalidad, no puede luego sostenerse que la omisión en el cumplimiento del deber de pagar las cotizaciones de seguridad social por parte del empleador no constituya un incumplimiento de sus obligaciones. En efecto, si se atribuye al vínculo existente entre las partes el carácter de laboral, bajo subordinación o dependencia, esto es, otorgándole un contenido determinado, debe mantenerse en todo tal razonamiento. Así las cosas, al constatarse que no se pagaron las cotizaciones que debía retener y enterar el empleador, indefectiblemente debía concluirse que se configuraba la causal invocada por la trabajadora para su auto despido.