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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Primera
Fecha: 4 de marzo de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:243813-23, MJJ332010
Compendia: Microjuris
Voces: - CIVIL - BIENES MUEBLES - ACCION DE DOMINIO O REIVINDICACION - COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS - PONDERACION DE LA PRUEBA - CONSIDERACIONES DE HECHO Y DE DERECHO - CASACION DE OFICIO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
La demandada celebró un contrato de compraventa en virtud del cual el vendedor le entregó el vehículo, produciéndose la adquisición por la tradición del mismo, razones estas últimas que hacen presumir fundadamente su calidad de dueña, porque cuenta con un título traslaticio de dominio y es además la actual poseedora del bien, teniendo a su favor la presunción de ser propietaria mientras una persona no justifica serlo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 700 del Código Civil, lo que en la especie, permite desvirtuar la presunción que establece el artículo 44 de la ley de Tránsito, ya que no obstante encontrarse el vehículo inscrito a nombre del actor en el Registro de Vehículos Motorizados, resultó suficientemente probado que el titular del dominio del bien es la demandada, considerando además que el contrato de compraventa en virtud del cual adquirió el dominio es perfectamente válido, al no haberse declarado su nulidad o resolución.