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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Primera
Fecha: 4 de marzo de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:1415-24, MJJ332002
Compendia: Microjuris
Voces: - CIVIL - INCIDENTES - ABANDONO DEL PROCEDIMIENTO - GESTION UTIL - RESOLUCION QUE RECIBE LA CAUSA A PRUEBA - NOTIFICACIONES PROCESALES - INTERPRETACION DE LA LEY - RECURSO DE CASACION EN EL FONDO - RECURSO ACOGIDO - DISIDENCIA -
No se divisa la razón jurídica o práctica para asignar el carácter de útil sólo a la última notificación, desde que cada comunicación de la interlocutoria de prueba es necesaria para lograr la generación del efecto de avanzar en la prosecución del juicio de tal manera que tienden como fin procedimental al dictado de la sentencia definitiva, no evidenciándose, por ende, inactividad de las partes como pretende el incidentista. En este sentido, la jurisprudencia de la Corte Suprema ha ratificado el criterio de que la notificación de la resolución que recibe la causa a prueba, aunque sea solo a una de las partes, es una gestión útil.