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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Cuarta
Fecha: 12 de febrero de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:9343-24, MJJ331994
Compendia: Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - HONORARIOS - RELACION DE SUBORDINACION - RELACION DE DEPENDENCIA - COTIZACIONES PREVISIONALES - RECURSO DE UNIFICACION DE JURISPRUDENCIA - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
El demandante se incorporó a la dotación de la repartición demandada bajo la modalidad formal contemplada en el artículo 4 de la Ley N°18.883, puesto que, en los hechos, la municipalidad lo contrató a honorarios, aunque sin concurrir los requisitos de especificidad y temporalidad que esa norma exige, ya que ejerció labores genéricas de «apoyo familiar integral» durante cuatro años, excediendo de esta forma un margen razonable de duración de la función encomendada, además de permanecer sujeto a la dependencia e instrucciones de jefaturas que dirigían su desempeño, y, por último, obligado a cumplir asistencia y horarios. De este modo, las tareas desempeñadas por el actor configuraron, en la realidad concreta, una función permanente y habitual de la municipalidad, por lo que los contratos suscritos no corresponden a alguna de las hipótesis taxativas y excepcionales del artículo 4 de la Ley N°18.883, debiendo aplicarse las disposiciones del Código del Trabajo.