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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Cuarta
Fecha: 12 de febrero de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:201530-23, MJJ331963
Compendia: Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - DESPIDO - NECESIDADES DE LA EMPRESA - INDEMNIZACION POR DESPIDO - CALCULO DE LA INDEMNIZACION - REMUNERACION VARIABLE - RECURSO DE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA - RECHAZO DEL RECURSO -
Tratándose de trabajadores con una estructura remuneracional de carácter variable, la base de cálculo que debe utilizarse para efectos indemnizatorios se debe determinar sobre el promedio percibido por el trabajador en los últimos tres meses calendario, periodo en que debieron prestarse servicios por parte del trabajador, de tal manera que, habiéndose acreditado por la judicatura del fondo que el actor se desempeñó para la demandada durante los meses de julio, agosto y 29 días del mes de septiembre, las indemnizaciones derivadas del despido debían calcularse sobre la base de la remuneración promedio obtenida durante dicho periodo, máxime si el inciso segundo del referido artículo 172 del Código del Trabajo, emplea la expresión «meses calendario», haciendo alusión al periodo inmediatamente anterior al día del término de la relación laboral.