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Tribunal: Corte de Apelaciones de Puerto Montt
Sala: Primera
Fecha: 15 de enero de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:438-23, MJJ331866
Compendia: Microjuris
Voces: - LABORAL - PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL - DERECHO A LA INTEGRIDAD PSIQUICA - LIBERTAD DE TRABAJO - REMUNERACION - ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES - PONDERACION DE LA PRUEBA - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
La adecuación de los conceptos remuneratorios implementada por el Servicio Local de Educación no solo se encuentra alineada con el marco legal vigente, sino que también materializa de manera concreta el principio de seguridad jurídica que debe prevalecer en cualquier proceso de reorganización laboral. De este modo, no fue demostrado, mediante antecedentes probatorios rigurosos y suficientemente fundamentados, que la modificación en las remuneraciones implementada por el empleador haya generado una consecuencia directa, concreta y verificable que implique una vulneración a la integridad psíquica de los denunciantes. Tampoco se encontraron indicios que apunten a la imposición de condiciones laborales coercitivas o contrarias a los principios que rigen el ejercicio libre del trabajo.