Tribunal: Corte de Apelaciones de Puerto Montt
Sala: Primera
Fecha: 28 de diciembre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:400-23, MJJ331789
Compendia: Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MULTA LABORAL - DIRECCION DEL TRABAJO - REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA - PERSONAL EMBARCADO - CONTRATO DE TRABAJADORES EMBARCADOS O GENTE DE MAR - PLAZO - PRIMACIA DE LA REALIDAD - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
La multa por no haber implementado el sistema establecido por la Resolución Exenta N°686 de la Dirección del Trabajo se cursó a sólo doce días hábiles de su entrada en vigencia. La Resolución Exenta establece un sistema obligatorio de registro y control de asistencia, horas de trabajo, descansos, y determinación de remuneraciones del personal embarcado, crea mecanismo de interposición de reclamos y quejas a bordo y en tierra. Al respecto, la alegación formulada por el reclamante es acogida considerando el breve tiempo transcurrido desde la fecha de publicación de la Resolución y la fecha de las fiscalizaciones, teniendo presente la complejidad del nuevo sistema de registro de asistencia regulado en dicha resolución.