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Tribunal: Corte de Apelaciones de Rancagua
Sala: Tercera
Fecha: 27 de diciembre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:2076-24, MJJ331764
Compendia: Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - DERECHO TRIBUTARIO - IGUALDAD ANTE LA LEY - DERECHO A DESARROLLAR ACTIVIDAD ECONÓMICA LÍCITA - DERECHO DE PROPIEDAD - SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS - ACCION FISCALIZADORA - INTERNET - BLOQUEO TRIBUTARIO - DECLARACION DE IMPUESTO - RECURSO ACOGIDO -
Si bien el Servicio de Impuestos internos recurrido justifica el actuar denunciado -consistente en el bloqueo de la clave tributaria- en que el recurrente sería un contribuyente de difícil fiscalización y con anotaciones que lo transforman en uno de riesgo de incumplimiento tributario, lo cierto es que la normativa específica otorga amplias facultades fiscalizadoras al Servicio de Impuestos Internos, tanto de índole administrativa como penal, pudiendo requerir información, citar, tasar, liquidar, entre otras e iniciar acciones penales en contra de un contribuyente que estime que ha cometido delitos tributarios, por lo cual no resulta justificada la acción realizada de bloqueo de clave.