



Tribunal: Corte de Apelaciones de Valdivia
Sala: Segunda
Fecha: 13 de diciembre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:248-24, MJJ331740
Compendia: Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - DESPIDO INDIRECTO - INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR - COTIZACIONES PREVISIONALES - LICENCIAS LABORALES - CALIFICACION LEGAL - RECURSO DE NULIDAD - RECHAZO DEL RECURSO -
Siendo una calificación de mérito la jueza del grado ha justificado razonablemente porque el incumplimiento no reviste la gravedad necesaria para hacer procedente el autodespido, para lo cual deben evaluarse el contexto; la duración de la relación laboral; los eventuales perjuicios ocasionados al trabajador, entre otros criterios que tiendan a hacer objetivable dicha calificación, tal como lo ha verificado la jueza de mérito, justificación que la Corte comparte, erradicando de este modo decisiones acríticas y automáticas que llevan a sostener que ante el incumplimiento de las obligaciones previsiones, el despido indirecto goza de justificación sin más.