HERRAMIENTAS
BUSCADOR
ACTUALIDAD (current)
Tribunal: Corte Suprema
Sala: Primera
Fecha: 4 de noviembre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:49563-24, MJJ331636
Compendia: Microjuris
Voces: - CIVIL - BIENES INMUEBLES - COMODATO PRECARIO - RESTITUCIÓN DEL INMUEBLE - EXCEPCIONES - RECURSO DE CASACION EN LA FORMA - RECHAZO DEL RECURSO -
El comodante, a través de carta certificada, enviada por Notario Público al domicilio de la demandada, notificó a ésta de la terminación del contrato de comodato, solicitando la restitución de la propiedad, conforme lo estipulado en la cláusula cuarta del convenio; quedando así manifestada de manera expresa la voluntad del comodante en torno a la restitución del inmueble en cuestión, la que luego es ratificada por éste en la misma demanda, junto a la actual propietaria del mencionado bien raíz. Por consiguiente, no puede sino concluirse a partir de las mencionadas circunstancias, la autorización del comodante a la actual propietaria del inmueble para pedir su restitución, descartándose así la excepción de falta de consentimiento del comodante.