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Tribunal: Corte de Apelaciones de Concepción
Sala: Quinta
Fecha: 22 de octubre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:18404-24, MJJ331521
Compendia: Municipalidades, Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - MUNICIPALIDADES - DERECHO A LA INTEGRIDAD FISICA - DERECHO A LA INTEGRIDAD PSIQUICA - DERECHO DE PROPIEDAD - CONDOMINIO - CATÁSTROFES NATURALES - MEDIDAS DE SEGURIDAD - RECURSO ACOGIDO -
Habiéndose justificado que los departamentos de los vecinos recurrentes, se encuentran en riesgo, el municipio recurrido está obligado a mitigar con sus recursos y los que sean menester requerir de la Autoridad Central, la situación que afecta a los vecinos, llevando a cabo el resto de las recomendaciones del informe del SERNAGEOMIN, particularmente la evaluación técnica del talud por parte de un profesional competente, que permita determinar las medidas necesarias a ejecutar para asegurar su estabilidad, incluyendo canalización de aguas lluvias y posteriormente evaluar un diseño de obras de mitigación estructural que puedan dar estabilidad a toda la ladera y talud; para luego de ello, decidir con los vecinos las medidas a adoptar para prevenir una nueva situación de desastre con ocasión de las inclemencias del tiempo dada la imprevisibilidad de las condiciones climáticas en la actualidad.