Tribunal: Corte de Apelaciones de Arica
Sala: Primera
Fecha: 12 de septiembre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:108-24, MJJ331397
Compendia: Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MULTA LABORAL - DIRECCION DEL TRABAJO - FACULTADES DE FISCALIZACION DE LA DIRECCION DEL TRABAJO - PRESUNCIONES - PRUEBA - ACCIDENTE DE TRABAJO - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
El artículo 23 del D.F.L. N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo confiere la cualidad de presunción de veracidad de los hechos constatados por el fiscalizador en el cumplimiento de sus funciones, de modo que, por esa vía, se tiene por establecido, por una parte, la existencia de la obligación que pesaba sobre el supervisor del empleador de concurrir al lugar del accidente, evaluar, resolver y emitir un informe dentro del plazo de 24 horas de ocurrido y, por la otra, que ella no fue cumplida oportunamente.