Tribunal: Corte Suprema
Sala: Cuarta
Fecha: 9 de septiembre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:11093-24, MJJ331336
Compendia: Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - DERECHO DE PROPIEDAD - BANCOS - CONTRATOS BANCARIOS - RESTITUCIÓN DE SUMAS DE DINERO - ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES - RECURSO DE APELACION - RECURSO ACOGIDO -
El Banco recurrido, no ha dado cuenta del cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley N° 21.234, sin que sea justificación para ello el hecho que el recurrente sea una persona jurídica, porque conforme lo dispone el numeral 1 del artículo 1° de la Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores está revestida de la calidad de consumidor. Es así como, por un lado, no acreditó de modo alguno haber efectuado el abono de las 35 UF aludidas en la norma, como tampoco demostró haber acudido al Juzgado de Policía Local a ejercer las acciones que emanan de dicha legislación, a fin de obtener un pronunciamiento en relación a la existencia de dolo o culpa grave.