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Paredes - Cuarta Sala - 17-jul-2024


Tribunal:   Corte Suprema

Sala:   Cuarta

Fecha:  17 de julio de 2024

Colección:   Jurisprudencia

Cita:  ROL:62145-23, MJJ331243

Compendia:  Microjuris


Voces: - CIVIL - BIENES INMUEBLES - DERECHOS DE LOS INDÍGENAS - INSCRIPCIÓN EN EL CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES - PRUEBA - RECURSO DE CASACION EN EL FONDO - RECHAZO DEL RECURSO -


Acierta la sentencia impugnada al rechazar el reclamo pues constatada la calidad de indígena del antecesor en el dominio del inmueble, así como de éste y, que no ostenta tal atributo el reclamante, el acto traslaticio de dominio que se pretende inscribir, adolece de un vicio que acarrea su nulidad absoluta, razón suficiente que tuvo a la vista el Conservador para rehusar la inscripción. En efecto, se tuvo por acreditado que todos los antecesores en el dominio que adquirieron la propiedad, acreditaron su calidad de indígena, y que la tierra es indígena, pues el primero de ellos la obtuvo a través de uno de los mecanismo que ha utilizado el Estado para ceder o regularizar tierras a indígenas, esto es, de acuerdo al D.L. Nº 1.939, del año 1977, encontrándose en la situación prevista en el artículo 12 Nº 1 letra d) de la Ley Nº 19.953.



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