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A.F.P. Planvital c/ Ilustre Municipalidad de Coyhaique - Cuarta Sala - 21-jun-2024


Tribunal:   Corte Suprema

Sala:   Cuarta

Fecha:  21 de junio de 2024

Colección:   Jurisprudencia

Cita:  ROL:20043-23, MJJ331081

Compendia:  Microjuris, Laboral


Voces: - LABORAL - COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL - ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIÓN - COTIZACIONES PREVISIONALES - EXCEPCIONES - ERROR DE HECHO - RECURSO DE CASACION EN EL FONDO - RECHAZO DEL RECURSO -


Fundándose la ejecución en una sentencia ejecutoriada previa, que declaró el carácter laboral del vínculo entre la trabajadora y el municipio ejecutado, y que estableció de manera clara y precisa los montos a partir de los cuales debían enterarse las cotizaciones adeudadas, ello no puede ser alterado por la ejecutante sin incurrir en el vicio que condujo a acoger la excepción de «no ser imponibles total o parcialmente, los estipendios pagados, o existir error de hecho en el cálculo de las cotizaciones adeudadas».



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