Tribunal: Corte Suprema
Sala: Tercera
Fecha: 10 de febrero de 2023
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:135471-22, MJJ328620
Compendia: Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES - IGUALDAD ANTE LA LEY - CONTRATOS BANCARIOS - CUENTA CORRIENTE BANCARIA - CIERRE DE CUENTA CORRIENTE - ACTO UNILATERAL - RECURSO DE APELACION - RECURSO ACOGIDO -
Si bien es cierto toda entidad bancaria o financiera se encuentra facultada a decidir el término unilateral del contrato bancario, cumpliendo los requisitos fijados por la Ley, debe respetar, frente a los clientes, los parámetros mínimos previstos en la Ley Nº 19.496, dentro de los cuales figura el no ser discriminado arbitrariamente por parte de proveedores de bienes y servicios. De esta manera, el banco recurrido al omitir expresar las razones que sustentan su determinación, torna su actuar en arbitrario, al no permitirle al recurrente comprender el motivo de su determinación, amenazando el legítimo ejercicio de su derecho a la igualdad ante la ley.