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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Primera
Fecha: 13 de junio de 2022
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:127270-20, MJJ327369
Compendia: Microjuris
Voces: - CIVIL - TESTAMENTO SOLEMNE - REVOCACIÓN DEL TESTAMENTO - TESTIGOS - DOMICILIO - RECURSO DE CASACION EN EL FONDO - RECHAZO DEL RECURSO -
La irregularidad denunciada -que dos de los tres testigos hayan tenido un domicilio en una comuna distinta a la del otorgamiento del testamento- no reviste, sin embargo, carácter invalidante, como se infiere claramente del inciso final del artículo 1026, que excluye la sanción de nulidad si la designación omitida o indicativa de un domicilio en comuna diversa de la de otorgamiento del testamento, que es una inexactitud menos grave, no genera duda en torno de la identidad personal del interviniente en que incide. No puede caber dudas que esta enumeración de requisitos que dispensa de la sanción de nulidad el precepto aludido, incluye la situación de inhabilidad de los testigos, toda vez que así lo refiere, expresamente, el inciso final del mentado artículo 1026.