



Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Sala: Décima
Fecha: 18 de octubre de 2021
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:117-21, MJJ308042
Compendia: Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - ENFERMEDAD PROFESIONAL - INDEMNIZACION DE PERJUICIOS - OBLIGACION DE SEGURIDAD - CALIFICACION LEGAL - PONDERACION DE LA PRUEBA - RECURSO DE NULIDAD - RECHAZO DEL RECURSO -
La demandante logró acreditar que padece de una enfermedad de Trastorno de Adaptación -el organismo administrador del seguro de la Ley 16.744, determinó que la actora padece de una enfermedad de origen profesional- y se presume que el empleador adoptó medidas insuficientes y de manera inoportuna, presunción que surge de la obligación de seguridad impuesta por el legislador, y que se califica como de resultado. De este modo, no existe una contravención formal a la Ley, en específico al artículo 69 letra b) de la Ley 16.744 al acoger la demanda de indemnización de perjuicios.