Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Sala: Undécima
Fecha: 2 de julio de 2021
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:202-20, MJJ307379
Compendia: Administrativo, Municipalidades, Microjuris, Tributario
Voces: - DERECHO TRIBUTARIO - MUNICIPALIDADES - LEY DE RENTAS MUNICIPALES - PATENTE MUNICIPAL - OBJETO SOCIAL - RECURSO DE ILEGALIDAD - RECHAZO DEL RECURSO -
La empresa tiene por objeto la prestación de servicios de asesorías legales, de inversión y en general, de cualquier especie; la inversión de carácter permanente de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles y la participación en todo tipo de sociedades, ya sea a través de su constitución o formación o a través del ingreso de sociedades ya constituidas; y la realización de toda clase de negocios, actos y contratos conducentes a los fines enunciados, así como los demás que acuerden los socios de consuno. De ello, se advierte que la amplitud del objeto social, permite concluir que las actividades de la reclamante comprenden la obtención del lucro o ganancia, esto es, de actividades lucrativas, de tal manera que de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Rentas Municipales se encuentran gravadas con el pago del tributo correspondiente por concepto de patente municipal.