Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio
Fecha: 8 de marzo de 2021
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:16-20, MJJ306704
Compendia: Administrativo, Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL - INDICIOS - ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES - DOCENTES - FUNCIONARIOS A CONTRATA - DESPIDO - FUNDAMENTACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO - RECHAZO DE LA DEMANDA -
La no renovación de la contrata, no vulnera los derechos del demandante, desde que ello es una situación que puede darse en su calidad de a contrata. En efecto, más allá de lo gravoso que esto sea, no es menos cierto de que es una posibilidad dentro de la relación estatutaria, de modo que esperar que no ocurra es una expectativa. A mayor abundamiento, el acto se encuentra fundado, desde que indica sus razones, lo que es coincidente con su evaluación, los parámetros dados por la Categoría de desempeño y lo referido por los testigos de la demandada, que coincidieron en que el establecimiento que dirigía el actor no mejoró su calidad educacional, cuestión que no fue desvirtuada.