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Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Sala: Décima
Fecha: 5 de marzo de 2021
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:748-20, MJJ306622
Compendia: Administrativo, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - SUBCONTRATACION - RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL SUBCONTRATANTE - INFRACCION DE LA LEY - RECURSO DE NULIDAD - RECHAZO DEL RECURSO -
Se configura el régimen de subcontratación pues, en la especie, se trata de un contrato que fue celebrado entre el Municipio y la demandada principal, en que la primera le encargó la gestión y prestación de una labor, que además es de aquellas que corresponden a funciones privativas en el ámbito de su territorio, conforme lo dispone expresamente el artículo 3° letra f) de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, que le entrega a los Municipios la función de aseo y ornato comunal, concepto en que administrativamente se enmarca la mantención de las áreas verdes públicas, el que en definitiva era el servicio contratado por el Municipio recurrente con la demandada principal.