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Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Sala: Primera
Fecha: 4 de septiembre de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:734-24, MJJ332610
Compendia: Microjuris
Voces: - ADMINISTRATIVO - TRANSPARENCIA - REGISTRO CIVIL - INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO - PARTIDA DE NACIMIENTO - RECURSO DE ILEGALIDAD - RECHAZO DEL RECURSO -
Tratándose de la entrega de documentos, a partir de información contenida en los registros del Servicio de Registro Civil e Identificación, no cabe acudir a la ley de Transparencia para acceder a ella, debiendo ocuparse los procedimientos que la ley prevé al efecto. Si bien es legítimo el interés que persigue el solicitante, las dificultades que ha enfrentado para hallar tales actas o partidas en atención a la época de nacimiento de su abuelo (principios del siglo XX), no tornan aceptable el endoso de esa búsqueda, de carácter particular, al Servicio de Registro Civil mediante el mecanismo excepcional que prevé la Ley de Transparencia, desde que la propia normativa ha delineado los procedimientos para obtenerla, entre los que se incluye, la búsqueda que debe hacer el propio interesado.