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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Primera
Fecha: 17 de junio de 2025
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:18149-25, MJJ332314
Compendia: Microjuris
Voces: - CIVIL - ACCIÓN DE DOMINIO O REIVINDICACIÓN - COMUNEROS - REGULARIZACIÓN DE LA POSESIÓN DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD RAÍZ - INDEMNIZACION DE PERJUICIOS - INTERPRETACION DE LA LEY - RECURSO DE CASACION EN EL FONDO - RECHAZO DEL RECURSO -
El artículo 19 N° 1 del Decreto Ley N° 2.695 de 1979, junto con exigir la posesión exclusiva del oponente sobre el inmueble, prohíbe invocar dicha causal de oposición, entre otros casos, al que sólo tenga la calidad de comunero, o heredero del que ha vendido el inmueble objeto de saneamiento, permitiéndoles únicamente el derecho a pedir compensación de derechos en dinero, precisamente por el conflicto generado entre quien detenta una propiedad inscrita tras la regularización, y quien invoca derechos de dominio sobre la misma; de manera que, determinada así la calidad de los demandantes en la especie, y para garantizar la protección de sus derechos, pero al mismo tiempo asentar la situación jurídica regularizada conforme al procedimiento del Decreto Ley citado, se les excluye del ejercicio de la acción dominio.