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Tribunal: Corte de Apelaciones de Valparaíso
Sala: Quinta
Fecha: 4 de noviembre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:5729-24, MJJ331604
Compendia: Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - IGUALDAD ANTE LA LEY - EXTRANJEROS - DERECHO DE RESIDENCIA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - PLAZO - FUNDAMENTACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO - RECURSO ACOGIDO -
La autoridad decretó el archivo de la solicitud de residencia definitiva fundada en que el actor se encontraba fuera del país. Al respecto, no consta que en el caso se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 43 de la Ley N°19.880, que permite el archivo de una solicitud administrativa, y careciendo la resolución que así lo decreta de fundamentos legales, tal medida aparece como ilegal, por falta de fundamentos. Además, se debe considerar el plazo que lleva la solicitud en trámite, esto es, más de cuatro años, habiéndose vencido el plazo de 6 meses de tramitación que establece el artículo 27 de la Ley N°19.880, y no habiéndose alegado ni acreditado la fuerza mayor o caso fortuito, la falta de observancia de dicho plazo por parte de la recurrida, al mantener un procedimiento administrativo en trámite por un período mayor, también constituye una ilegalidad.