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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Primera
Fecha: 9 de octubre de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:217929-23, MJJ331516
Compendia: Microjuris
Voces: - CIVIL - JUICIO EJECUTIVO - PAGO EN CUOTAS - DEUDA LÍQUIDA - CLAUSULA DE ACELERACION - INTERPRETACION DE LA LEY - RECURSO DE CASACION EN EL FONDO - RECHAZO DEL RECURSO -
La recepción de pagos en forma posterior a la fecha de vencimientos, y antes o después de presentada la demanda, no tiene el efecto de desacelerar la deuda si el acreedor decide ejercer la opción en los términos en que ha sido pactada la cláusula de aceleración.