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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Cuarta
Fecha: 14 de mayo de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:102876-23, MJJ330868
Compendia: Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - HONORARIOS - RELACION DE SUBORDINACION - RELACION DE DEPENDENCIA - PRIMACIA DE LA REALIDAD - INTERPRETACION DE LA LEY - RECURSO DE UNIFICACION DE JURISPRUDENCIA - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
La acertada interpretación del artículo 1 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 4 de la Ley N°18.883, está dada por la vigencia de las normas contenidas en dicho código para las personas naturales contratadas por la Administración del Estado, en este caso, la municipalidad, que aun habiendo suscrito sucesivos convenios a honorarios por permitírselo el estatuto especial que regula a la entidad contratante, desarrollan las labores encargadas en las condiciones previstas en el artículo 7 del citado código.