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Tribunal: Corte Suprema
Sala: Tercera
Fecha: 29 de enero de 2024
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:170564-22, MJJ330327
Compendia: Municipalidades, Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - MUNICIPALIDADES - DERECHO A LA INTEGRIDAD PSIQUICA - DERECHO A LA INTEGRIDAD FISICA - DERECHO A VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE LIBRE DE CONTAMINACION - HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE - BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO - MEDIDAS DE SEGURIDAD - RECURSO DE APELACION - RECHAZO DEL RECURSO -
Corresponde tanto a las municipalidades como a las Delegaciones, regionales y provinciales, el velar por la pronta y eficiente solución del problema que aqueja a los recurrentes -la existencia de un numero creciente de personas situación de calle viviendo en el parque en las afueras del Condominio donde habitan, cuestión que ha afectado la salubridad y seguridad del parque en cuestión-, en tanto la municipalidad tiene la calidad de administradora de los bienes nacionales de uso público de su comuna, y el deber de mantener el ornato y especialmente el aseo de la misma. Por su parte, las Delegaciones Presidenciales Regionales y Provinciales se encuentran expresamente mandatadas por la ley a mantener la seguridad y el orden público en su territorio de competencia y de sus habitantes.