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Tribunal: Corte de Apelaciones de Santiago
Sala: Duodécima
Fecha: 20 de junio de 2023
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:2881-22, MJJ329171
Compendia: Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL - HONORARIOS - RELACION DE SUBORDINACION - RELACION DE DEPENDENCIA - COMPETENCIA - JUZGADOS DEL TRABAJO Y DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL - RECURSO DE NULIDAD - RECHAZO DEL RECURSO -
Si bien la relación entre un funcionario público y el Estado está sujeta a un estatuto especial, no pierde su carácter de laboral y no resulta procedente privarlo de un procedimiento que está llamado a proteger los derechos de todos los trabajadores, por lo demás, justamente se dedujo la demanda para que se reconociera el vínculo laboral conforme a las normas del Código del Ramo, razón que lleva a concluir que el juez de base posee la competencia para resolver el asunto conforme al artículo 420 del Código del Trabajo.