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Tribunal: Corte de Apelaciones de Coyhaique
Sala: Primera
Fecha: 13 de marzo de 2023
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:2338-22, MJJ328668
Compendia: Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - LABORAL - IGUALDAD ANTE LA LEY - DERECHO DE PROPIEDAD - HONORARIOS - FUNCIONARIOS A CONTRATA - DESPIDO - FUNDAMENTACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO - RECURSO ACOGIDO -
La decisión de prescindir de los servicios de la recurrente aparece claramente infundada, desde que la actora se ha desempeñado en funciones propias de contrata por más de nueve años, generándose una expectativa legítima de que será prorrogada o renovada, de modo que como fundamento de la terminación de los servicios no resulta suficiente la supuesta crisis financiera de la Dirección de Educación Municipal o la indicación del vencimiento del plazo estipulado en la contrata, sino que se requieren mayores basamentos desde que el vínculo que une a las partes se torna indefinido por la confianza legítima que surge del tiempo transcurrido, mayores fundamentos que no fueron expuestos en el acto recurrido.