Tribunal: Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago
Fecha: 2 de noviembre de 2022
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:317-22, MJJ328067
Compendia: Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL - INDICIOS - ACOSO LABORAL - DISCRIMINACION LABORAL - INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR - DESPIDO INDIRECTO - ACCION SUBSIDIARIA - DEMANDA ACOGIDA -
Una de las obligaciones que asumió el empleador al contratar al actor fue precisamente entregar o proporcionar el trabajo convenido en razón de su cargo como Coordinador de la Unidad de Mantenimiento del Departamento de Servicios Internos, lo que no cumplió al comprobarse que el actor no desempeñó ninguna labor durante dos días en un mes y seis en el mes siguiente. Tal incumplimiento se estima como grave, es decir, de una entidad o significación considerable, teniendo además en cuenta que en esos días el demandante se limitaba a registrar su ingreso quedando desocupado en el acto y durante toda la jornada laboral. Ciertamente que tal circunstancia hacía intolerable perseverar en la ejecución del contrato de trabajo por su parte.