Tribunal: Corte Suprema
Sala: Tercera
Fecha: 5 de septiembre de 2022
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:92041-21, MJJ327857
Compendia: Municipalidades, Microjuris
Voces: - ADMINISTRATIVO - MULTA - SANCIONES ADMINISTRATIVAS - EDUCACION - MUNICIPALIDADES - ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES - RESPONSABILIDAD DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES - PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD - RECURSO DE RECLAMACION - RECURSO DE APELACION - RECURSO ACOGIDO -
La Superintendencia calificó correctamente la infracción consistente en que el colegio no cuente con un Reglamento Interno que se ajuste a la normativa vigente, por cuanto su protocolo de actuación para casos de maltrato entre adultos no contiene plazos ciertos para la resolución y pronunciamiento en relación a los hechos, como una infracción menos grave, en cuanto esta infracción guarda directa relación con deberes y derechos establecidos en la normativa educacional.