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Tribunal: Corte de Apelaciones de Coyhaique
Sala: Primera
Fecha: 5 de mayo de 2022
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:104-22, MJJ312684
Compendia: Municipalidades, Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - MUNICIPALIDADES - LIBERTAD DE OPINION - IGUALDAD ANTE LA LEY - CONCEJO MUNICIPAL - FACULTADES DEL ALCALDE - ACTO ILEGAL DEL ALCALDE - RECURSO ACOGIDO -
La actuación del alcalde resulta ilegal y arbitraria, ya que vulnera la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, desde que priva a los recurrentes, Concejales de la municipalidad, de manifestar su opinión, precisamente, al no permitírseles el uso de la palabra durante su desempeño en las sesiones ordinarias del Concejo celebradas, aludiendo que se trataba de un tema no contenido en tabla y que en razón del tiempo debía asistir a otra reunión. Asimismo, la actuación del recurrido infringe el derecho a la igualdad ante la ley, por cuanto limitó y restringió el uso de la palabra de los recurrentes cuando éstos la solicitaron aludiendo a «puntos varios» en circunstancias que si lo permitió respecto de los puntos consignados en tabla.