Tribunal: Corte de Apelaciones de Copiapó
Sala: Primera
Fecha: 29 de abril de 2022
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:21-22, MJJ312657
Compendia: Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES - CORONAVIRUS - LICENCIAS LABORALES - AUTORIDAD SANITARIA - POLITICAS DE ESTADO - RECHAZO DEL RECURSO -
La orden de no entregar licencias médicas a las personas consideradas como «Alerta Contagio», conocidos como contactos estrechos, según se señala en Plan de Manejo de Coronavirus en Chile frente a nueva variante ómicron, no puede constituir una contravención a la normativa vigente. Por el contrario, la decisión de la autoridad sanitaria encuentra cobijo en las normas, que frente a una situación que ha sido calificada como Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, la habilitan a dictar medidas en el ejercicio de sus prerrogativas y en resguardo de la salud de la población. Tampoco resulta arbitraria pues se enmarca dentro del Plan de manejo frente a la nueva variante, cuyo objetivo es disponer de nuevas estrategias para el manejo de la pandemia, en base a criterios técnicos de salud pública proporcionados por la ciencia y la comunidad de expertos nacional e internacional y a las características de la variante indicada.