Tribunal: Corte de Apelaciones de San Miguel
Sala: Tercera
Fecha: 16 de noviembre de 2021
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:491-21, MJJ308289
Compendia: Administrativo, Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - LABORAL - MUNICIPALIDADES - ACCION DECLARATIVA - HONORARIOS - RELACION DE SUBORDINACION - RELACION DE DEPENDENCIA - COTIZACIONES PREVISIONALES - NULIDAD DEL DESPIDO - RECURSO DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
No procede el castigo que contempla el inciso séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo, pues al ampararse la contratación a honorarios en una fórmula contemplada por la ley, que aunque en los hechos no fue tal, sino una laboral, opera a favor de la parte demandada una razón que la exime de las consecuencias propias de dicha punición, ya que el basamento legal en el cual se celebraron los sucesivos contratos, les otorgaban una presunción de legalidad, debiendo considerarse, además, que en el contexto que se desarrolla el proceso, tal sanción se desnaturaliza, por cuanto las municipalidades no cuentan con la capacidad de convalidar libremente el despido en la oportunidad que estimen del caso, desde que para ello requieren de un pronunciamiento condenatorio.