Tribunal: Corte Suprema
Sala: Tercera
Fecha: 30 de noviembre de 2021
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:75644-21, MJJ308279
Compendia: Administrativo, Municipalidades, Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - MUNICIPALIDADES - IGUALDAD ANTE LA LEY - DERECHO DE PROPIEDAD - CONTRATO DE ARRENDAMIENTO - TERCEROS - PATENTE MUNICIPAL - CLAUSURA - RECURSO DE APELACION - RECURSO ACOGIDO -
En la especie existen dos situaciones, la primera una deuda por patente impaga entre la municipalidad recurrida y un tercero ajeno al caso, y la segunda un decreto alcaldicio, por el cual, en virtud de esa deuda se impone una sanción, al recurrente, consistente en la clausura del establecimiento arrendado por él, imposibilitando proseguir con el negocio que lleva adelante. Al respecto, las sanciones, como lo es la clausura de un establecimiento, consisten en apremios legítimos toda vez que se dirijan en contra de quien resulte bajo las normas legales y personalmente, como infractora de norma. Siendo entonces una figura personalísima, y que no puede imponerse sobre otra diferente, como es el caso de la recurrente y la empresa deudora. Se configura así, mediante el Decreto Alcaldicio, una vulneración ilegal y arbitraria en relación al artículo 19 N°2 y de la Constitución. Asimismo y en virtud del legítimo contrato de arrendamiento, del que se derivan derechos que legítimamente puede ejercer el recurrente, entre ellos, el uso del inmueble, se deriva vulneración de la garantía constitucional del artículo 19 N°24.