Tribunal: Corte Suprema
Sala: Tercera
Fecha: 5 de noviembre de 2021
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:40959-21, MJJ308128
Compendia: Administrativo, Microjuris
Voces: - CIVIL - MUNICIPALIDADES - INDEMNIZACION DE PERJUICIOS - INCIDENTES - ABANDONO DEL PROCEDIMIENTO - IMPULSO PROCESAL - EXCEPCION DILATORIA - DESARCHIVO DEL EXPEDIENTE - RECURSO DE CASACION EN EL FONDO - RECURSO ACOGIDO - SENTENCIA DE REEMPLAZO -
Conforme a lo prescrito en los artículos 89 y 307 del Código de Procedimiento Civil, debía el tribunal, atendida la etapa procesal en que se hallaba la causa y de propia iniciativa, fallar las excepciones dilatorias cuyo traslado tuvo por oportunamente evacuado, de manera que, pese a que el actor tampoco pidió aquello antes de la orden de archivo –con algún grado de negligencia- era el tribunal el que tenía en sus manos la carga de dar impulso al proceso en esta etapa. De este modo, al acoger el incidente de abandono del procedimiento infringieron el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.