Tribunal: Corte Suprema
Sala: Tercera
Fecha: 16 de septiembre de 2021
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:65986-21, MJJ307872
Compendia: Municipalidades, Microjuris, Laboral
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - LABORAL - MUNICIPALIDAD Y CORPORACIÓN MUNICIPAL - IGUALDAD ANTE LA LEY - LICENCIAS LABORALES - DESCUENTO EN LAS REMUNERACIONES - PROTECCIÓN DE LAS REMUNERACIONES - ALIMENTOS - RECURSO DE APELACION - RECURSO ACOGIDO -
El descuento de la remuneración de la actora que tiene como fundamento el deber de reintegrar los montos percibidos por licencias médicas que, en definitiva, fueron rechazadas por la autoridad sanitaria competente, si bien aparece revestido de fundamento legal en tanto se asila en el artículo 58 inciso primero del Código del Trabajo y en el artículo 63 del Decreto Supremo N° 3 de 1984 del Ministerio de Salud, resulta ser arbitrario, toda vez que ordena la deducción sin tope alguno, lo cual se aparta de la racionalidad al desatender el carácter alimenticio de la remuneración. Así, el acto impugnado vulnera el derecho de propiedad de la recurrente sobre sus remuneraciones, garantizado en el artículo 19 N° 24 de la Carta Fundamental.