Tribunal: Corte Suprema
Sala: Tercera
Fecha: 30 de noviembre de 2020
Colección: Jurisprudencia
Cita: ROL:79105-20, MJJ306135
Compendia: Administrativo, Municipalidades, Microjuris
Voces: - RECURSO DE PROTECCION - MUNICIPALIDADES - IGUALDAD ANTE LA LEY - DERECHO A LA VIDA - DERECHO A LA INTEGRIDAD PSIQUICA - MEDIDAS DE SEGURIDAD - ALUVIÓN - RECURSO DE APELACION - RECURSO ACOGIDO -
Aun cuando las autoridades recurridas han reconocido de manera expresa la existencia de un importante riesgo de aluvión como consecuencia de la erosión sufrida por el cerro tras el incendio, tanto la Intendencia como la Gobernación se han limitado a gestionar la realización de reuniones de coordinación entre diversos organismos estatales, para luego señalar que la concreción de las distintas acciones propuestas corresponde a otros entes y, primordialmente, a la municipalidad quien debería, por ejemplo, financiar u obtener el financiamiento necesario para la realización del estudio geotécnico sugerido. Dicho planteamiento resulta inaceptable, desde que las autoridades recurridas, en cumplimiento de los deberes que los rigen de coordinación y de resguardo de la vida de las personas, han de velar por la seguridad de los habitantes de sus respectivas jurisdicciones, adoptando las medidas necesarias para prevenir y enfrentar situaciones de emergencia como la descrita.