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Resolución Nº 690 dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19

26 de mayo de 2022

Se indican las localidades que retroceden en su calificación a fase de Medio Impacto Sanitario y las que se mantendrán en dicha fase.

Con fecha 26 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta Nº 690 que «Dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19«.

Las localidades que se indican a continuación retroceden en su calificación a fase de Medio Impacto Sanitario, conforme a lo dispuesto en la resolución exenta Nº 494, de 2022, del Ministerio de Salud.

a. Región de Coquimbo
i. La comuna de Ovalle
ii. La comuna de Combarbalá
iii. La comuna de Monte Patria
iv. La comuna de Punitaqui
v. La comuna de Río Hurtado
b. La Región de Valparaíso
i. La comuna de Valparaíso
ii. La comuna de Casablanca
iii. La comuna de Concón
iv. La comuna de Puchuncaví
v. La comuna de Quintero
vi. La comuna de Viña del Mar
c. Región del Biobío
i. La comuna de Concepción
ii. La comuna de Coronel
iii. La comuna de Chiguayante
iv. La comuna de Florida
v. La comuna de Hualqui
vi. La comuna de Lota
vii. La comuna de Penco
viii. La comuna de San Pedro de la Paz
ix. La comuna de Santa Juana
x. La comuna de Talcahuano
xi. La comuna de Tomé
xii. La comuna de Hualpén
d. Región de Los Lagos
i. La comuna de Osorno
ii. La comuna de Puerto Octay
iii. La comuna de Purranque
iv. La comuna de Puyehue
v. La comuna de Río Negro
vi. La comuna de San Juan de la Costa
vii. La comuna de San Pablo
e. Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
i. La comuna de Coyhaique
ii. La comuna de Lago Verde.

Esta medida empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 26 de mayo de 2022 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su modificación.

Por su parte las localidades que se indican a continuación se mantendrán en fase de Medio Impacto Sanitario, conforme a lo dispuesto en la resolución exenta Nº 494, de 2022, del Ministerio de Salud.

a. Región de Tarapacá
i. La comuna de Iquique
ii. La comuna de Alto Hospicio
b. Región de Antofagasta
i. La comuna de Antofagasta
ii. La comuna de Mejillones
iii. La comuna de Sierra Gorda
iv. La comuna de Taltal
v. La comuna de Tocopilla
vi. La comuna de María Elena
c. Región de Atacama
i. La comuna de Copiapó
ii. La comuna de Caldera
iii. La comuna de Tierra Amarilla
iv. La comuna de Vallenar
v. La comuna de Alto del Carmen
vi. La comuna de Freirina
vii. La comuna de Huasco
d. Región de Coquimbo
i. La comuna de La Serena
ii. La comuna de Coquimbo
iii. La comuna de Andacollo
iv. La comuna de La Higuera
v. La comuna de Paihuano
vi. La comuna de Vicuña
e. Región de Valparaíso
i. La comuna de Isla de Pascua
ii. La comuna de San Felipe
iii. La comuna de Catemu
iv. La comuna de Llay Llay
v. La comuna de Panquehue
vi. La comuna de Putaendo
vii. La comuna de Santa María
viii. La comuna de Quilpué
ix. La comuna de Limache
x. La comuna de Olmué
xi. La comuna de Villa Alemana
f. Región de La Araucanía
i. La comuna de Temuco
ii. La comuna de Carahue
iii. La comuna de Cunco
iv. La comuna de Curarrehue
v. La comuna de Freire
vi. La comuna de Galvarino
vii. La comuna de Gorbea
viii. La comuna de Lautaro
ix. La comuna de Loncoche
x. La comuna de Melipeuco
xi. La comuna de Nueva Imperial
xii. La comuna de Padre Las Casas
xiii. La comuna de Perquenco
xiv. La comuna de Pitrufquén
xv. La comuna de Pucón
xvi. La comuna de Saavedra
xvii. La comuna de Teodoro Schmidt
xviii. La comuna de Toltén
xix. La comuna de Vilcún
xx. La comuna de Villarrica
xxi. La comuna de Cholchol
g. Región de Los Lagos
i. La comuna de Puerto Montt
ii. La comuna de Calbuco
iii. La comuna de Cochamó
iv. La comuna de Fresia
v. La comuna de Frutillar
vi. La comuna de Los Muermos
vii. La comuna de Llanquihue
viii. La comuna de Maullín
ix. La comuna de Puerto Varas
x. La comuna de Castro
xi. La comuna de Ancud
xii. La comuna de Chonchi
xiii. La comuna de Curaco de Vélez
xiv. La comuna de Dalcahue
xv. La comuna de Puqueldón
xvi. La comuna de Queilen
xvii. La comuna de Quellón
xviii. La comuna de Quemchi
xix. La comuna de Quinchao
h. Región de Magallanes y de la Antártica Chilena
i. La comuna de Porvenir
ii. La comuna de Primavera
iii. La comuna de Timaukel
i. Región Metropolitana de Santiago
Todas las comunas
j. Región de Arica y Parinacota
i. La comuna de Arica
ii. La comuna de Camarones
iii. La comuna de Putre
iv. La comuna de General Lagos.

Esta medida empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 26 de mayo de 2022 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su modificación.

Consulte texto completo de la resolución.