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Corte Suprema revocó sentencia y ordenó nueva evaluación técnica de Dirección de Obras Municipales por deslizamiento en Curauma

05 de noviembre de 2024

Recientemente, la Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió acoger parcialmente el recurso de protección interpuesto en contra de la Dirección de Obras Municipales (DOM), declarando sin efecto las órdenes que imponían a los recurrentes la remoción de escombros y la reconstrucción de un muro de contención y cierre perimetral. La sentencia establece que dichas órdenes no contaron con un fundamento técnico suficiente y vulneraron garantías constitucionales al no establecer con claridad la responsabilidad sobre el deslizamiento de terreno ocurrido durante un fenómeno climático.

El fallo destaca que la controversia incluye imputaciones cruzadas entre los vecinos afectados y un condominio colindante, señalando que la municipalidad no cumplió con su deber de determinar técnicamente la causa del deslizamiento antes de emitir las órdenes cuestionadas. La Corte aclara que la existencia de versiones contrapuestas no es suficiente para rechazar la acción constitucional, ya que justamente el reproche central es la omisión del análisis técnico por parte del órgano edilicio competente.

En consecuencia, se ordena a la DOM efectuar un nuevo pronunciamiento, debidamente fundado, que contemple los antecedentes técnicos necesarios, incluyendo permisos de edificación, recepciones de obras y modificaciones realizadas por los propietarios. La resolución fue adoptada por mayoría, con un voto disidente que estuvo por confirmar la decisión anterior del tribunal de alzada.

Consulte sentencia analizada por Microjuris a continuación:

Jaramillo c/ Dirección de Obras Municipales de Valparaíso – Tercera Sala
Tribunal: Corte Suprema

Sala: Tercera
Colección: Jurisprudencia
Cita: MJJ331453
Compendia: Municipalidades, Microjuris

Voces: – RECURSO DE PROTECCION – MUNICIPALIDADES – DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES – MEDIDAS DE SEGURIDAD – FUNDAMENTACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO – RECURSO DE APELACION – RECURSO ACOGIDO –

Se acoge el recurso de protección interpuesto sólo en cuanto se dejan sin efectos los actos terminales emitidos por la Dirección de Obras Municipales, que ordenaron a los recurrentes el retiro de los escombros y la reposición del muro de contención y del cierre perimetral, debiendo, el órgano edilicio, emitir un nuevo pronunciamiento técnico y fundado. Ello, pues corresponde que la Dirección de Obras Municipales aclare cuál fue la causa del desplazamiento de material, previa realización de los estudios de rigor, teniendo en consideración, a lo menos, los permisos de edificación otorgados, las recepciones de obras correspondientes, y las modificaciones posteriores introducidas por los propietarios.

Doctrina:
1.- Corresponde revocar la sentencia apelada y acoger el recurso de protección interpuesto contra la Dirección de Obras Municipales de una comuna, que había emitido órdenes de retiro de escombros y reposición de un muro de contención, tras un deslizamiento de material en el contexto de un sistema frontal. Los recurrentes argumentan que estas órdenes son ilegales, ya que sostienen que la responsabilidad del deslizamiento corresponde a un condominio colindante, cuya construcción afectó la pendiente de la zona. Al respecto, se acoge el recurso de protección interpuesto sólo en cuanto se dejan sin efectos los actos terminales emitidos por la Dirección de Obras Municipales, que ordenaron a los recurrentes el retiro de los escombros y la reposición del muro de contención y del cierre perimetral, debiendo, el órgano edilicio, emitir un nuevo pronunciamiento técnico y fundado. Ello, pues corresponde que la Dirección de Obras Municipales aclare cuál fue la causa del desplazamiento de material, previa realización de los estudios de rigor, teniendo en consideración, a lo menos, los permisos de edificación otorgados, las recepciones de obras correspondientes, y las modificaciones posteriores introducidas por los propietarios.

2.- La Corte aclara que la existencia de alegaciones cruzadas entre las partes no es un motivo suficiente para desestimar el recurso. En este sentido, se señala que el organismo municipal no ha cumplido con su deber de identificar claramente al responsable del deslizamiento, a pesar de tener la competencia técnica necesaria para ello. La falta de un pronunciamiento técnico fundamentado que aclare la causa del deslizamiento es un elemento clave en la decisión del tribunal.

Consulte sentencia a texto completo