El Ministerio Público resolvió formalizar investigación en contra del exdirector médico de la Clínica L.C., R. M.P., y del empresario M.T.A., por su eventual participación en los delitos de disminución fraudulenta del patrimonio y ocultamiento de bienes concursales, en el marco del proceso de quiebra de las sociedades vinculadas al primero. La decisión fue adoptada por el fiscal jefe de la Fiscalía de Alta Complejidad, Felipe Sepúlveda. La arista penal se inició en noviembre de 2023, luego de la querella interpuesta por el interventor del procedimiento concursal, quien solicitó la quiebra de las sociedades de R. M.P. y denunció la existencia de operaciones presuntamente destinadas a sustraer activos del patrimonio del deudor, con el objeto de eludir el pago de obligaciones con entidades financieras. Según se expuso en la acción penal, dichas operaciones se habrían ejecutado en los meses previos a la declaración de quiebra, generando un perjuicio a los acreedores, por un monto superior a $3.600 millones. Entre los hechos denunciados, se indicó que en febrero de 2022, actuando en representación de la sociedad S.C., R. M.P. habría vendido departamentos a sociedades vinculadas a M.T.A. por un valor aproximado de UF 6.300 (cerca de $250 millones), operación que —según el interventor— habría tenido como finalidad disminuir artificialmente su patrimonio. Asimismo, se denunció que, dentro del inventario de bienes, solo fue posible identificar un vehículo Peugeot año 2017, quedando fuera otros automóviles que se estimaban de propiedad del deudor, entre ellos una camioneta Dodge, un Aston Martin y un Land Rover. Con estos antecedentes, el Ministerio Público comunicará cargos en audiencia de formalización, imputando a los involucrados la eventual comisión de ilícitos concursales, en una causa en la que R. M.P., ya había sido previamente formalizado por el delito de estafa. Los delitos de disminución fraudulenta del patrimonio y ocultamiento de bienes concursales constituyen atentados directos contra la integridad del sistema concursal y la función pública de tutela de los acreedores, desnaturalizando por completo el principio de par conditio creditorum y vaciando de contenido real los procedimientos de liquidación. Su comisión impacta de forma particularmente grave a los trabajadores, titulares de créditos de carácter alimentario y preferente, privándolos del acceso efectivo a finiquitos, remuneraciones e indemnizaciones legalmente devengadas. Por tal razón, el legislador ha tipificado estas conductas como ilícitos penales sancionados con penas de presidio, configurándolas como formas especialmente reprochables de defraudación en el ámbito concursal. (Nota redacta por P.C.M.)Antecedentes de la causa
Operaciones cuestionadas
Estado procesal
Relevancia jurídica de los ilícitos concursales
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