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Dirección del Trabajo emitió dictamen sobre exclusión de jornada de directoras de jardín infantil

16 de agosto de 2024

El pasado lunes 12 de agosto, la Dirección del Trabajo emitió el ordinario N° 545/22 pronunciándose sobre una consulta sobre un grupo de trabajadoras de una fundación que se desempeñan, directoras de salas cuna o jardines infantiles, todas las cuales hoy prestan sus servicios sin limitación de jornada de trabajo.
En su ordinario el ente administrativo tras citar interpretaciones anteriores sobre la Ley N° 21.561 y diversas sentencias judiciales, concluyó que atendida la ausencia de facultades propias de los cargos de confianza requeridas en el inciso 2° del artículo 22 del Código del Trabajo,»las funciones de «Directora de Jardín Infantil» de esa fundación, con y sin asistente administrativa, no califican dentro de las excepciones contempladas por la misma disposición, por lo que deben sujetarse a la regla general del inciso 1° del mismo precepto». Dentro de las razones para arribar a esta determinación se tuvo que las atribuciones conferidas a estas trabajadoras, se encuentran acotadas al establecimiento que dirigen y al personal asociado al mismo y no corresponden a un poder de representación o administración general.

(Fuente: Dirección del Trabajo)

Consulte texto completo del Ord. N° 545/22