La Política Nacional de Construcción Naval 2025–2040, aprobada por el Ministerio de Defensa Nacional mediante el decreto N° 1 de enero de 2025, tiene como objetivo principal fortalecer la industria naval chilena como un sector estratégico, moderno, eficiente y sostenible, con una visión de largo plazo orientada a:
Formación de la política
La política se enmarca en las atribuciones del Ministerio de Defensa (Ley N° 20.424), en coordinación con otras normas como el DFL N° 88 de 1953 y la Ley N° 18.575. Se sustenta en:
- La necesidad de contar con una Armada moderna.
- El valor geopolítico y económico del océano Pacífico.
- La importancia estratégica de la industria naval para la soberanía, el desarrollo tecnológico y la economía del país.
Objetivos generales
- Impulsar el desarrollo de la industria naval nacional, promoviendo la construcción de buques con participación del sector público, privado y académico.
- Consolidar capacidades técnicas y tecnológicas, con foco en el desarrollo de buques de combate, logísticos, científicos y ecoeficientes.
- Desarrollar el Plan Nacional Continuo de Construcción Naval (PNCCN) como eje central de esta política.
Objetivos estratégicos específicos
- Garantizar la capacidad de la Armada para cumplir con su función de defensa.
- Fomentar el empleo calificado y la formación técnica.
- Promover la innovación, investigación y desarrollo (I+D+i).
- Impulsar la sostenibilidad ambiental y la eficiencia energética de la industria naval.
- Incentivar las exportaciones de buques y servicios navales.
- Reducir costos y aumentar la competitividad.
Ejes estratégicos
- Ejecución del PNCCN, con participación de ASMAR, astilleros privados y universidades.
- Fortalecimiento de la industria nacional mediante inversión, capital humano y marco regulatorio.
- Alianzas estratégicas internacionales.
- Diversificación de la producción y exportación.
- Promoción de la cultura marítima.
Marco normativo
La política se apoya en leyes clave como:
- Ley N° 18.296 (ASMAR),
- Decreto Ley N° 2.222 (Ley de Navegación),
- Ley N° 19.300 (Medio Ambiente),
- Código de Comercio (Libro III),
- Convenios internacionales como SOLAS, MARPOL y MLC.
Ver Decreto N° 1 aquí.